martes, 31 de enero de 2017

RECLAMACIÓN DE CLÁUSULA SUELO Y DE GASTOS DE CONSTITUCIÓN

La reciente Sentencia emitida por el Tribunal Superior de la Justicia Europea es clara: los bancos abusaron de sus clientes en la constitución de las hipotecas, introduciendo en los contratos cláusulas abusivas (la denominada cláusula suelo) y cargando al consumidor gastos que correspondían a la Entidad Bancaria (los gastos de constitución).
Esta Sentencia abre muchas puertas a que el consumidor reclame contra su Entidad Bancaria, garantizando la estimación a favor del afectado. Para proceder existen dos vías a seguir:
- Reclamación extrajudicial: Supone el envío de un escrito al Servicio de Atención al Cliente del banco que le concedió al consumidor la hipoteca. En caso de no contestar ese escrito, o que contesten algo que no interesa al consumidor, se remitirá el mismo al Banco de España.
- Reclamación judicial: Interposición de la oportuna demanda ante el organismo pertinente.

Dada la claridad de la Sentencia emitida desde Bruselas, en GesaLex Abogados animamos a todos los afectados a reclamar las cuantías correspondientes en cada caso.
Ya que el consumidor ya ha sido duramente castigado por su entidad jurídica, hemos decidido establecer los siguientes honorarios:
- La carta que se debe enviar al Servicio de Atención al Cliente y, si procediera, al Banco de España, tendrá un coste único a determinar según el caso particular de cada cliente.
- Para acuerdos favorables en vía judicial o extrajudicial, no se establecerán honorarios. Únicamente en caso favorable para el consumidor se decretará un porcentaje sobre el total.

Para más información, consulte la sección oportuna en nuestra página web en https://www.gesalex.es/jur%C3%ADdico/cl%C3%A1usula-suelo/

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